miércoles, 18 de marzo de 2009

Concurso de Acreedores en Séneca y ERE

Hoy la empresa ha presentado (por fin!) documentación sobre el concurso de acreedores presentado para Séneca. También ha proporcionado una lista provisional del ERE, pero, en la línea que siguen, no han dado condiciones ya que, según apuntan, eso lo tratarán los administradores concursales. Imaginamos por tanto, que la "lista" tampoco es definitiva.

En la lista se aprecia como los defensores de la huelga están incluidos sin contemplación, y no algunos de los que si han solicitado por propia voluntad la extinción de su contrato por incumplimiento de la empresa. También muchos de los que están actualmente trabajando están en esa lista.

Como "evento" del día, destacamos que han llamado, de forma individual, a algunos trabajadores en huelga a incorporarse alegando que les hacen falta para sus labores. ¿En qué momento se les ha olvidado a esta gente que estamos en huelga? Es decir, que la pasividad a la hora de negociar con los trabajadores queda patente al "pensar" que no les hacíamos falta.

A un trabajador de mantenimiento de los sistemas le han increpado ante la negativa de abandonar su DERECHO a continuar en huelga, y como medida de presión han ido a ponerle al citado trabajador una denuncia por... suponemos que han intentado poner una denuncia porque no quería entrar y le habrán dicho que si está en huelga es el derecho del trabajador. Al final la denuncia parece que se la han puesto por no querer, el trabajador, entregar las claves de los sistemas, afirmación que es totalmente falsa.

Hoy había nuevamente un acto de conciliación con trabajadores de EDM (citamos EDM y Séneca, como apunte, aunque todos sabemos que formamos parte de la misma empresa). En anteriores ocasiones el abogado ha acudido pero no se ha pronunciado alegando que no tiene autorización de llegar a ningún acuerdo. Juan Ruiz ha dicho hoy mismo que eso no es cierto. En el acto de hoy, no sabemos si en respuesta a las palabras de Juan Ruiz o a otro tipo de estrategia, el abogado ni siquiera ha hecho acto de presencia.

Hacemos también un llamamiento a las productoras de cine, porque esto es un peliculón: "Tramas Oscuras de alto nivel en una pequeña empresa" o "Como perder 18 millones de euros y quedarse tan pancho" o "E-Mentiras y cintas de backup"

Eso si, los trabajadores cobramos los derechos de autor.

5 comentarios:

  1. El derecho a la huelga de los trabajadores está reconocido en la Constitución Española como derecho fundamental,Ver art. 28 de la CE.

    La regulación de este derecho viene dada en el Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo de Relaciones de Trabajo, con los matices introducidos por la Sentencia del Tribunal Constitucional 11/1981 de 8 de abril

    El derecho de huelga no puede ser objeto de renuncia ni de restricción en el contrato de trabajo, ya que tal pacto se considera nulo, de acuerdo con lo previsto en el art. 2 de R.D.- Ley citado.

    Durante la huelga se entenderá suspendido el contrato de trabajo y el trabajador no tendrá derecho al salario pero permanecerá en situación de alta especial en la Seguridad Social, con suspensión de la obligación de cotización por parte del empresario y del propio trabajador. El trabajador en huelga no tendrá derecho a la prestación por desempleo, ni a la económica por incapacidad temporal

    Nuestro Código Penal se imponen penas de multa y también de hasta seis años de prisión a aquéllos que mediante engaño o abuso de situación de necesidad impidan o limiten el ejercicio del derecho de huelga, penas que se agravan si media violencia o intimidación, y si se coacciona por un grupo a otras personas a iniciar o continuar una huelga. Ver art. 315 del Código Penal, L.O. 10/1995

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  2. En tanto dure la huelga, el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa

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  3. por tanto y todo lo anteriormente expuesto que coj...es quieren, donde quieren llegar estos directivos,
    felicidades y miis mas sincera adhesion alos que aun seguis manteniendo vuestra dignidad y orgullo sin venderla, ahora mas que nunca los que quedeis unios aun mas.
    y alos gili... que os han dado la espalda ahí tienen su recompensa algunos segun he leido estan en la lista del ere, asi se paga a los traidores.

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  4. Buenas tardes.
    He publicado una entrada en mi blog, y desde el, me solidarizo con vosotros, trabajadores de EDM - SENECA. Espero que tengais pronto una solucion (no será la mas conveniente pero que exista una, leñe.)

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  5. Respecto al tema de las claves de acceso, comentar simplemente que para tener acceso total al sistema es suficiente con tener acceso local a los servidores (esto lo puede hacer cualquier técnico con conocimientos medios de administración de sistemas), y esto en ningún momento se ha negado (los servidores están allí físicamente y no hay ninguna barrera física que impida el acceso local).
    Si la empresa no dispone ahora mismo de personal cualificado para realizar la tarea de mantener en funcionamiento el sistema de gestión porque ese personal está en huelga y por ley no puede ser sustituido, solamente le queda la opción de negociar para que ese personal vuelva a trabajar.
    Las acciones encaminadas a presionar o coaccionar al personal de sistemas entran dentro, a mi parecer, de lo que el art. 315 del código penal arriba comentado puede penar.
    A los trabajadores que ahora mismo están trabajando (estando en su derecho) y que no pueden desempeñar ciertas funciones de su trabajo por falta de mantenimiento del sistema de gestión tienen que entender que todos los departamentos son importantes y que si algún departamento cojea o no funciona al completo es normal que el resto se resienta hasta tal punto de que el trabajo que se haga sea tan lento que no pueda aceptarse. El sistema de gestión es una herramienta muy potente que automatiza muchos procesos internos de la empresa pero no deja de ser eso: una herramienta, ya que todos los procesos absolutamente pueden realizarse a mano aunque esto haga que no se pueda cumplir en tiempo con muchos temas (esto tendría que haberlo previsto la dirección).
    Por lo tanto pido que se respete el derecho a huelga y pido también solidaridad por parte de los que están trabajando (en cualquier momento pueden adherirse), que simplemente estamos pidiendo que se respeten nuestros derechos y los contratos individuales que todos tenemos (tanto los que estamos en huelga como los que están trabajando). El quiera salir que salga de la empresa con garantías y con los derechos que marque la ley y el que quiera quedarse que se quede igualmente con garantías de futuro. Si alguna de estas dos condiciones no puede cumplirse que se liquide definitivamente.

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